lunes, 4 de mayo de 2009

LEY 26.160, ¿POR QUÉ NO TE APLICAN?

"Soy un esclavo de la ley, pero esta no me convence", dijo Sapag, mientras escuchaba un tema de la banda chilena del mismo nombre.


El relevamiento territorial se encuentra enmarcado en la Ley 26.160 Ley de Emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras, aprobada el 1 de noviembre del 2006, por el Congreso Nacional.


Esta ley prohíbe los desalojos en territorio de los Pueblos Indígenas, declara la emergencia en cuánto a la posesión de las tierras que tradicionalmente ocupan, y aquí entramos a lo bueno, al declararse esta emergencia, se hace imprescindible, (y la ley así lo dice) que se implemente un rápido relevamiento técnico-jurídico-catastral de los territorios indígenas.


En nuestro caso, ya que la ley se aprobó hace casi tres años, es imperioso que este relevamiento se aplique, y la provincia del Neuquén debe firmar este programa, para que de una vez por todas los privados que invaden el territorio mapuce pongan de manifiesto como es que han conseguido tantas tierras y de manera tan fácil. Como por ejemplo Pedro Laurentino Duarte, ex juez de la dictadura, quien posee una estancia en territorio del Lof Malikew, en los alrededores de Villa Pehuenia.


Cortes de ruta en teritorio mapuce pusieron el alerta al gobernador, (quien insto a la población a denunciar los cortes) a pesar de esto, el Pueblo Mapuce, después de conformar una Multisectorial con desocupados, gremios y estudiantes, lograron que el subsecretario de la cartera de Desarrollo social, Alex Tarifeño, se acercara a solucionar las cosas, aunque no todo, alguito nomás.


Lo que nos puso tristes (aunque no menos enojados) fue que no logramos que nos visitara el Ministro de Gobierno, Educación y Cultura, (y quizás cuántos cargos mas) Jorge traiganmelos para acá Tobares, para tratar el la implementación urgente de relevamiento. Al final, Tobares terminó por acceder a reunirse con la Confederación Mapuce para tratar este tema. No para resolverlo.


Ahora, es necesario saber que este Programa de Relevamiento solo lo debe aprobar la UNCo y el Instituto Nacional de Asuntos Indigenas (INAI), pero por razones del destino (y políticas) la UNCo no quiere firmar hasta que Provincia de el visto bueno, a mal pesar de que la AUSMA será la encargada del aspecto técnico del relevamiento.




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